jueves, 2 de diciembre de 2021

Para esto usa CCOO la Presidencia del Comité

El 8 de noviembre pasado se celebró la séptima reunión de la Mesa de Negociación (MN) de las condiciones del teletrabajo a aplicar al centro de trabajo de Sevilla, reunión en la que la empresa volvió a hacer gala de su talante autoritario, mezquino y manipulador como ya venimos contando, al condicionar la continuidad de las negociaciones a su imposición de aceptar la cuantía de unos miserables e insultantes 23€ al mes en concepto de gastos del teletrabajo.

En la MN están representados tanto la empresa como los trabajadores. En el caso del centro de Sevilla, los trabajadores están representados por cuatro delegados del Comité de Empresa en lo que se conoce habitualmente como "parte social" y que el Reglamento del Comité define como Comisión Negociadora:





En base al Artículo anterior, el Comité designó para la parte social, junto al entonces Presidente (delegado por CSC) y Secretaria (delegada por CSC), tres miembros más -uno por cada candidatura-, quedando esta compuesta por 5 miembros. Sin embargo, desde que el XX de julio CCOO y Actúa se aliasen para revocar al candidato de la lista más votada para poner en su lugar a una delegada de CCOO -la lista menos votada-, la parte social se debilitó al coincidir en una persona los dos roles: el de Presidenta y el de representante de CCOO; de tal manera que la Comisión Negociadora está formada por dos delegados de CSC, un delegado de CCOO y un delegado de Actúa.


Es pertinente recordar que desde junio de 2020, CCOO ostenta la Presidencia del Comité con los votos de sus delegados de CCOO y los de Actúa al revocar al anterior Presidente electo un año antes en el Pleno de constitución del Comité. Consecuentemente, CCOO y Actúa propiciaron la salida de la Comisión Negociadora del Presidente inicialmente elegido en el Comité aunque, como decimos, se mantiene la proporcionalidad en su estructura. 


Además de definir la Comisión Negociadora, el Reglamento interno del Comité también regula la convocatoria de las reuniones extraordinarias:





Teniendo en cuenta lo anterior y volviendo a la reunión de la MN del 8 de noviembre, tras su finalización la Presidenta del Comité propuso a la Comisión Negociadora la celebración de un Pleno del Comité para el miércoles 13 de octubre a las 9:00, a lo que todos los miembros respondieron afirmativamente. Dado que la reunión de la MN terminaba con la posición inamovible de la empresa, los delegados de CSC dábamos por hecho que el Pleno a convocar tendría un carácter meramente valorativo a partir de la información que los miembros de la parte social llevaran a la reunión. Sin embargo, la Presidenta convocó el Pleno con un extraño y antirreglamentario orden del día:





Decimos extraño y antirreglamentario porque:


  • la Presidenta no acordó previamente con la Secretaria el orden del día, incumpliendo así el Artículo 12.2 del Reglamento interno.

  • nada dice el Artículo 8 acerca de la elección de presidente y secretario para la Comisión Negociadora puesto que esos cargos lo son del Comité no de la Comisión.

  • la frase “Si fuera necesario llegar a algún acuerdo, se procedería a votación” que la Presidenta desliza en la convocatoria como el que no quiere la cosa vuelve a incumplir el Artículo 12.2 al dejar totalmente abierto el orden del día y al antojo de votar lo que le viniera en gana. 


Pero si la convocatoria ya rozaba lo surrealista, el propio Pleno superó con creces todo pronóstico desde el mismo minuto 1 en el que la Presidenta sostuvo que “aunque en el Reglamento pone que la Comisión la formarán el presidente, el secretario y los miembros que se elijan, en la Comisión como tal nadie está ejerciendo como presidente y secretario y las funciones y competencias creo que no estamos cumpliendo como deberíamos". Por supuesto que nadie ejerce en la Comisión ni como presidente ni como secretario. El Reglamento deja bien claro que se compone por miembros del Comité, dos de cuáles obligatoriamente son el Presidente y el Secretario del Comité pero sin diferenciar entre ellos ni funciones ni cargos. Por eso probablemente CCOO pretendió transportar las funciones y poderes de la Presidencia del Comité a la Comisión Negociadora, para intentar controlar las decisiones a tomar en relación a la negociación del teletrabajo.


Posteriormente, la Presidenta continuó señalando que "yo considero que los miembros de la Comisión deberíamos llegar a acuerdos aunque por supuesto después esos acuerdos los elevemos a un Pleno. Pero si para tomar cualquier decisión, siempre primero tenemos que ir a un Pleno donde estemos todos los miembros del Comité, no le veo mucho sentido y aparte creo que perdemos el tiempo [...]”. Da la impresión de que a CCOO le corre tanta prisa como a la empresa cerrar la negociación y no tiene complejo en proponer una cosa y la contraría todas las veces que sea necesario con tal de firmar lo que la empresa ha puesto sobre la mesa, viendo en ello una oportunidad magnífica de apuntarse un tanto de cara a los trabajadores. Pero aplicando un simple cálculo matemático, CCOO descubre que en estos momentos la parte social no podrá aprobar la traición si no es con los votos de CSC y sabe que eso es imposible porque, como decíamos en nuestro último comunicado desde ASC tenemos claro que la cantidad de 23€/mes es totalmente irrisoria si la comparamos con los beneficios de la empresa, con los acuerdos/convenios firmados en otras empresas y con los gastos que supone teletrabajar


Y para romper la paridad que actualmente se daría entre los dos votos de CCOO y Actúa a favor de los 23€ frente a los dos votos en contra de ASC, he aquí que entra en escena ese párrafo “Si fuera necesario llegar a algún acuerdo, se procedería a votación” que la Presidenta desliza en el orden del día como el que no quiere la cosa pero que en realidad pretende convertirlo en la caja de pandora de la que sacar una votación interna para reestructurar a su antojo la Comisión Negociadora y alcanzar la mayoría suficiente junto con los votos de Actúa para poder tragar libremente con los míseros 23€ de la empresa. Semejante fechoría no le supone a CCOO ningún dilema ético porque, como acreditamos en la sección de sindicalismo amarillo de nuestro blog, sus delegados ya tienen una amplia experiencia en vender a los trabajadores, a los que les darán en esta ocasión el mensaje de que es mejor aceptar 23€ que nada, demostrando una vez más su pleitesia a las empresas. 


Fue tan descabellada la “propuesta” de CCOO que incluso los delegados de Actúa -cuya actividad en los órganos de representación de los trabajadores apenas se limita a abstenerse en las votaciones o ser meros observadores de lo que hacemos los demás- mostraron su incomprensión expresando que ellos la veían como una duplicación de esfuerzos, ya que la parte social no está habilitada para tomar acuerdos sin el refrendo del Comité.


Pero no contenta con las vaguedades expuestas sobre su peculiar orden del día, la Presidenta añadió que “por el tamaño de la Comisión, somos cuatro, en el Comité de Seguridad y Salud (CSS) -si no me equivoco- también somos cuatro y sí es verdad que tenemos Presidente, tenemos Secretaria y las funciones y competencias que realizamos es verdad que las comentamos y las llevamos a un Pleno con todo el Comité pero sí veo yo que somos capaces de sentarnos nosotros cuatro e intentar llegar a un acuerdo, aunque Julio lo comente con la parte de Actúa, Dani con CSC y yo con la parte de CCOO, sí somos capaces de sentarnos y llegar a acuerdos lo más adecuados para todos pues creo que en la Comisión  de Negociación podríamos hacer exactamente lo mismo que estamos haciendo en el CSS [...] Yo considero que como estamos representadas las tres secciones sindicales -dos miembros de CSC, un miembro de Actúa y un miembro de CCOO- [...] vuelvo a repetirme, creo que deberíamos tener potestad para sentarnos nosotros cuatro, intentar llegar a un acuerdo entre nosotros cuatro, intentar llegar a un acuerdo con la empresa y después comentarlo con el Pleno del Comité [...] Vuelvo a decir, y quiero que quede constancia, creo que la CN debería ser un poquito más resolutiva de lo que está siendo“.


Los delegados de ASC respondimos en varias ocasiones que por nuestra parte, como así estamos demostrando durante todo el proceso de negociación con la empresa, no hay ningún inconveniente en que los miembros de la parte social se reúnan cuantas veces sea necesario para avanzar en la negociación y que los hechos prueban que en la MN se está operando con agilidad ya que se han abordado muchas cuestiones en la MN sin necesidad de acudir al Comité y que si la propia empresa ha expresado en alguna ocasión que necesita su tiempo para valorar propuestas que le hemos presentado por escrito, lo cual es normal en una negociación, no tiene sentido que nosotros queramos avanzar cuando estamos a la espera de una respuesta de la empresa. Respecto al CSS, también se aclaró que este es un órgano paritario formado por una representación de la empresa y una representación de los trabajadores y que tiene definidos sus propios cargos de Presidencia y Secretaria. Por tanto, no tiene nada que ver con la Comisión Negociadora, cuyos miembros son exclusivamente miembros del Comité de Empresa. 

Es decir, después de siete reuniones con la Empresa sobre el teletrabajo a lo largo de varios meses de negociación, a la Presidenta y delegada por CCOO se le ocurrió la genial idea de hacer un paralelismo entre órganos cuya naturaleza, ámbito y composición son completamente diferentes para saltarse a la torera lo recogido en el Reglamento del Comité. Pero, viendo que su disparatada propuesta no tenía ninguna acogida, adoptó la posición victimista y concluyó lamentando que “por pedir que seamos un poquito más activos entre nosotros cuatro que formamos la Comisión, no creía yo que íbamos a llegar a este punto pero no hace falta votar ni no votar ni hacer nada [...] y que si está todo bien, está todo bien y será una paja mental mía. Punto pelota y pasamos al siguiente punto”.


Para esto usa CCOO la Presidencia del Comité. Compañero, compañera, ¿a qué esperáis para organizaros, reforzar el sindicalismo de clase e impedir que sindicatos antiobreros como CCOO usurpen los órganos de representación de los trabajadores como ocurre en el centro de NTT DATA Spain Centers Sevilla?


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