miércoles, 29 de enero de 2020

CCOO ante la Plataforma de Negociación: de la hipocresía al boicot

0 comentarios


El 16 de enero de 2020 los miembros de Proyecto Motocicleta -sección sindical de CCOO en everis Centers Sevilla- publicaban un comunicado en el que en referencia a la Plataforma de Negociación para un Convenio de Empresa (PNCE), indicaban que “han sido los delegados/as de CCOO [...] los que han tomado las riendas de este asunto para reflotarlo y poder comenzar las negociaciones con la empresa”, queriendo dar a entender que desde CSC no se estaba trabajando en esta PNCE y que han tenido que ser ellos los que han llevado este asunto al Pleno del Comité de empresa.

Ignoraba CCOO al publicar eso que CSC ya estaba realizando un trabajo en la actualización de dicha PNCE, puesto que tras varios años desde la aprobación de la anterior plataforma, las condiciones en el mundo del trabajo han empeorado sustancialmente, y durante este tiempo los trabajadores se han puesto en contacto con miembros de CSC para hacerles llegar algunas sugerencias al respecto.

Prueba de todo ello es que en el Pleno del Comité de Empresa celebrado el pasado 20 de enero, desde CSC presentamos una nueva propuesta de PNCE que incluía numerosas modificaciones (entre ellas la inclusión de las tablas salariales publicadas en nuestro anterior comunicado), que han sido elaboradas durante este tiempo por parte de los miembros de CSC.



Dada la importancia de la PNCE, a la hora de convocar el Pleno del Comité de Empresa, se incluyó el boceto elaborado por CSC, indicando a todos los miembros del mismo que cualquier modificación o propuesta fuera llevada por escrito al Pleno para poder ser debatida correctamente. Igualmente se planificó revisar y aprobar la PNCE por puntos de forma que los no tratados en ese pleno, pudieran ser pospuestos para el siguiente, en previsión del debate que pensábamos que un asunto de la relevancia de la PNCE suscitaría.

Cuál fue nuestra sorpresa cuando el día de celebración del Pleno, los miembros de CCOO llegaron con las manos vacías y no realizaron ni una sola propuesta de inclusión o modificación con respecto a la PNCE presentada por CSC y ni tan siquiera solicitaron turno de palabra para debatir o comentar el contenido de la misma. De hecho, al no haber ninguna propuesta por parte de CCOO o Actúa, se votó la aprobación de la misma, quedando aprobada con los votos a favor de CSC y CCOO. Podéis ver el contenido de la PNCE en este enlace.

Quienes se vanagloriaban de ser “los que han tomado las riendas de este asunto”, llegan al Pleno del Comité sin la más mínima propuesta, demostrando lo poco que le importa a CCOO la PNCE, mostrando que en realidad su solicitud de incluir el debate y aprobación de la misma en aquel Pleno no era más que una estrategia de cara a la galería, para poder decir en su comunicado que CSC “vende humo”. Paradójicamente, humo fue lo que los miembros de CCOO llevaron a ese Pleno.

Ya en ese mismo comunicado, CCOO mostraba claramente que no cree en la PNCE al afirmar que “CSC sigue en la postura del TODO o NADA”, y que “si esperamos que todas estas mejoras vengan en bloque de la mano de la negociación de un convenio propio, entonces estamos hablando de sumergir en la miseria a cada trabajador/a de everis”. ¿Es que acaso los trabajadores de everis Centers no estamos ya en la miseria? ¿Qué ha hecho el sindicato CCOO para sacar de la miseria a los trabajadores, aparte de pactar con la patronal infames acuerdos contra los derechos de los trabajadores? ¿Qué medidas propone CCOO al respecto? ¿No son acaso ellos responsables de esa miseria que queda totalmente plasmada en el XVII Convenio Sectorial que sus dirigentes firman con el aval que tanto sus delegados como sus afiliados les conceden?

Pero si todo esto no bastaba para demostrar que CCOO reniega en la práctica de la PNCE (por mucho que vote a favor en un intento de salvar su imagen de cara a los trabajadores), el pasado 20 de enero, la responsable de la sección sindical de CCOO enviaba a la secretaria del Comité de Empresa los siguientes puntos para ser incluidos en un próximo pleno:

  • Planificación y aprobación de los siguientes pasos de la plataforma de negociación:
    • Enviar boceto plataforma a la plantilla.
    • Asamblea de trabajadores.
    • Enviar a la empresa correo solicitando el sentarnos a negociar la plataforma. En el correo se adjuntará boceto de la plataforma.
  • Solicitar a la empresa seguro médico para toda la plantilla.
  • Solicitar a la empresa no recuperar las horas de médico previo justificante. 
  • Solicitar a la empresa que haga pública (sistema transparente) de los puestos vacantes de otros proyectos.


Por un lado continúan haciendo el paripé con la PNCE, para a continuación descuartizar su contenido y enviarlo por separado como propuesta a la empresa, de forma que al negociarse como puntos aislados (puntos que ya están incluidos en la PNCE), se boicotea la negociación de un Convenio de Empresa.

Después de demostrar una y otra vez como la empresa se ha negado rotundamente a negociar con el Comité de Empresa, a pesar de enviar medidas de forma aislada tal como siempre han sugerido CCOO y Actúa (sin ningún resultado positivo al respecto), pretenden ahora desmembrar el contenido de la PNCE para negociar por separado esas medidas (algo a lo que la empresa se ha negado reiteradas veces). ¿Son esas las medidas que CCOO propone para sacar de la miseria a los trabajadores?

Una vez más vemos como CCOO está utilizando el Comité de Empresa para atacar injustificadamente a CSC, no dudando en boicotear el trabajo del mismo, pensando tan solo en el rédito que pueda sacar de cara a los trabajadores, con la única idea de mejorar sus resultados electorales.

Desde CSC seguiremos trabajando, tanto desde el Comité de Empresa -a pesar de los palos que el sindicalismo amarillo pone en nuestras ruedas- como desde la sección sindical, fortaleciendo la organización de los trabajadores, fortaleciendo el sindicalismo de clase, buscando la unidad con otros centros de trabajo y con otros sectores populares, desarrollando un trabajo práctico con el objetivo de elevar la conciencia de todos los trabajadores para juntos poder conseguir mejores condiciones de trabajo.

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A CSC!
Leer más ...

lunes, 27 de enero de 2020

Los salarios de miseria de everis, una vez más, se ven superados por la subida del SMI

0 comentarios


El pasado 22 de enero el gobierno anunciaba una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que pasará a situarse en los 950 euros en 14 pagas (13.300 euros al año) para 2020 con carácter retroactivo desde el 1 de enero.

La medida debe quedar aprobada el próximo 28 de enero y posteriormente publicada en el BOE, por lo que se prevé que los pagos pendientes de los meses de enero y febrero (la diferencia del nuevo SMI con el anterior) sean realizados a finales de febrero.

Las dos últimas subidas del SMI han desnudado las vergüenzas de everis, una empresa que se vanagloria de querer "conseguir que esta sea una de las mejores empresas para trabajar", pero que contrata a la mayor parte de los trabajadores con el menor salario que la ley permite. Esto hace que la más mínima variación del SMI trastoque las tablas salariales del precario modelo de carrera de la empresa. ¿Cómo pretenden que nos traguemos su propaganda cuando tienen los salarios más bajos y la jornada anual más larga que la ley les permite?



La anterior subida del SMI, que conllevó una actualización de las tablas salariales para las categorías CJ, no ha impedido a la empresa seguir generando millonarios beneficios, lo cual demuestra que se pueden subir los salarios mucho más aún. El único motivo para no hacerlo no es la viabilidad de la empresa, como defienden la dirección y sus esbirros, sino el afán por generar cada vez más y más beneficios a nuestra costa.


En la Plataforma de Negociación para un Convenio de Empresa (PNCE) promovida por CSC y aprobada por el Comité de Empresa de everis Centers Sevilla en su último Pleno, los miembros de CSC incluimos un anexo con las tablas salariales que consideramos apropiadas para el sector, que definen el salario mínimo para cada categoría de la siguiente forma:



La realidad está demostrando día a día que dichas tablas salariales son más que viables, que lejos del catastrofismo de quienes cuestionan la competitividad de la empresa ante subidas salariales, podemos comprobar cómo a pesar de las subidas a las que la ley ha obligado ajustarse a la empresa, los beneficios siguen siendo millonarios. Porque por mucho que intenten engañarnos, las subidas salariales que desde CSC demandamos no afectan en nada a la competitividad de la empresa en el mercado sino a la cuenta de beneficios que se reparten unos pocos a nuestra costa.

Y es que en los últimos 9 años se ha quintuplicado el número de millonarios en nuestro país, millonarios que generan su riqueza a costa de nuestro trabajo, pues son empresarios cuyos beneficios son extraídos de la plusvalía que generamos los trabajadores.



Ante esta realidad que demuestra cómo nuestro empobrecimiento -la clase trabajadora ha perdido un 12,5% de poder adquisitivo desde la crisis- se convierte en beneficios para los empresarios que no han parado de crecer en los últimos años a pesar de la ‘crisis’, es más necesario que nunca que los trabajadores nos organicemos para reclamar lo que nos pertenece, para luchar por unas mejoras laborales que supongan un verdadero avance.








Pero los trabajadores aislados en nuestro centro de trabajo estamos atados de pies y manos, puesto que las mejoras laborales que se puedan conseguir son absorbidas por aspectos como la subida del precio de la vivienda -se prevé un aumento en España del 5,5% para 2020- o de la electricidad -la factura eléctrica subió un 10% en enero-.




Es por ello que los trabajadores necesitamos organizarnos más allá de nuestros centros de trabajo y elevar nuestras demandas al plano político, porque sólo transformando esta sociedad para que la riqueza que generamos esté a nuestro servicio y no al de unos pocos millonarios, podremos lograr tener una vida digna.

El próximo sábado 1 de febrero a las 11:00 en el Centro Cívico Cerro del Águila tenemos una primera cita para comenzar a construir esa organización que las clases populares necesitamos. Os esperamos a todos.

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A CSC!
Leer más ...

miércoles, 22 de enero de 2020

Asamblea Popular 1F

0 comentarios


Ante la proliferación en todo el mundo de movilizaciones populares y huelgas generales políticas, motivadas por las insoportables condiciones de vida de las clases populares, desde la Sección Sindical de CSC en everis Centers vemos la necesidad de unir las diferentes luchas que se están llevando a cabo y vertebrar la organización que la clase trabajadora necesita para, ante un sistema completamente quebrado, construir una sociedad donde los medios fundamentales para producir la riqueza pasen a manos de toda la sociedad.

Es por ello que, junto con otras organizaciones populares, estamos impulsando la celebración de una Asamblea Popular el sábado 1 de febrero a las 11:00 en el Centro Cívico Cerro del Águila (Sevilla), mediante el llamamiento que podéis leer en este enlace, llamamiento al que se han ido sumando otras organizaciones, incluido el Comité de Empresa de everis Centers Sevilla, que aprobó nuestra propuesta de adhesión al manifiesto con los votos a favor de los delegados de CSC y CCOO y los votos en contra de Actúa.

Desde CSC hacemos extensivo el llamamiento a todos los trabajadores, estudiantes, pensionistas, autónomos, jornaleros y a todos los colectivos populares a sumarse a este proceso y unir fuerzas contra los ataques que la clase trabajadora sufre constantemente y cada vez con más dureza. Os animamos a todos a participar.
Leer más ...

miércoles, 15 de enero de 2020

everis, paradigma de explotación

0 comentarios


Un año más la dirección de everis ha entregado al comité de empresa su propuesta de calendario laboral -para 2020 en este caso-, propuesta que, como todos los años, pretende implantar unilateralmente, pues este paso no es más que un mero trámite para la empresa que no tiene ninguna intención de escuchar a los trabajadores a través de sus representantes legales.

El calendario laboral de 2020 incluye información acerca de la jornada irregular (43 horas semanales) y la regular (40 horas semanales). Una vez contabilizados compensados, jornada intensiva y vacaciones, el calendario irregular supondrá una jornada laboral anual de 1797 horas, mientras que el regular supondrá una de 1800 horas.

Como puede comprobarse, everis ha apurado el máximo posible para acercarse al límite de 1800 horas que marca el convenio. Hay que recordar que esa cifra es tan sólo un límite máximo, no algo que haya que cumplir. Sería perfectamente legal trabajar 1600 horas anuales. De hecho, cada vez hay más empresas que empiezan a plantear reducir las jornadas semanales; incluso algunos países empiezan a plantear legislaciones al respecto.

En España, la empresa jienense Software DELSOL ha implantado una jornada laboral de 4 días semanales sin reducción de salarios, de forma que trabajan 36 horas en invierno y 28 horas en verano durante el periodo de jornada intensiva, trabajando de lunes a jueves, reconociendo la propia empresa que el trabajo sigue realizándose “al mismo ritmo de siempre”.



En Japón, Microsoft ha reducido la jornada a 2600 trabajadores implantando una jornada de 4 días semanales sin reducción de salario. Según los datos publicados por la propia empresa, la productividad de estos trabajadores ha aumentado un 39,9% al estar más descansados y concentrados. Igualmente la empresa ahorró un 23,1% en electricidad.



La empresa neozelandesa Perpetual Guardian también ha implantado una jornada laboral de 4 días semanales sin reducción de salarios, aumentando la productividad y reduciendo los niveles de estrés.



Y es que mientras que los consejeros del Ibex trabajan una media de 15,53 horas a la semana con salarios de 184.000 euros al año, en everis hay un gran número de trabajadores que realizan jornadas de 43 horas semanales por 12.600 euros al año.



La realidad es que trabajar 8 o 9 horas al día -o 10 en algunos casos gracias al pacto de CCOO y Actúa con la empresa- es perjudicial para la salud y genera más estrés y ansiedad. Según el Colegio Universitario de Londres, “las horas extra provocarían una mayor exposición al estrés, y al mismo tiempo nos mantendrían alejados de la familia y los amigos, lo que provocaría un sentimiento de soledad y abatimiento”. Y según la Universidad Laval, en Canadá, las largas jornadas de trabajo ocasionan que el trabajador, sin importar su esfuerzo, se sienta sobrepasado por el trabajo, provocándole frustración y desilusión profundas.

Y mientras aumenta el número de empresas que reducen la jornada laboral sin reducción de sueldo, everis sigue anclado en mantener los niveles de explotación laboral al máximo y su propaganda sobre innovación, sobre responsabilidad social y sobre “crear un ambiente saludable, motivador y comprometido” se queda en papel mojado.



Claro está que implantar jornadas reducidas sin pérdida de salario exige dos requisitos por parte de la empresa. El primero de ellos es renunciar a parte de los millonarios beneficios que la empresa obtiene a nuestra costa (109 millones de euros en el último año fiscal). El segundo es sentarse a negociar con los representantes legales de los trabajadores, algo a lo que la dirección viene negándose repetidamente, mostrando su verdadera cara autoritaria, y que lo único que le importa es ganar cada vez más y más a nuestra costa, y que nuestros derechos, nuestras condiciones de trabajo o nuestra salud para ella son sólo obstáculos para enriquecerse más.

En la Plataforma de Negociación para un Convenio de Empresa (PNCE) elaborada por CSC y aprobada por el comité de empresa en la pasada legislatura, ya planteábamos una jornada anual máxima de 1600 horas, con jornada semanal de 35, algo que muchos consideraban irrealizable, pero que la realidad está demostrando que es perfectamente asumible.

Pero no sólo se niega la empresa a negociar absolutamente nada sino que en numerosas ocasiones se salta las leyes en un intento por aumentar aún más si cabe la explotación. En el caso de los calendarios presentados, la jornada regular se plantea como una jornada de 40 horas semanales durante todo el año, incluyendo el mes de agosto, algo que va en contra del artículo 20.2 del Convenio Colectivo.



Desde CSC llevaremos al Comité de Empresa nuestro rechazo al calendario laboral planteado por la empresa por incumplimiento del convenio además de por ser el paradigma de la explotación laboral, convirtiendo a everis en la empresa del sector con jornadas más largas.

Pero para poder lograr que la empresa ceda y se siente a negociar una jornada laboral reducida además de otras mejoras en nuestras condiciones de trabajo, dentro del marco de negociación de un Convenio de Empresa, es imprescindible que los trabajadores estemos organizados y nos movilicemos. Ese es el único idioma que entiende la empresa y ese debe ser nuestro objetivo. Por lo tanto os animamos a todos a poneros en contacto con nosotros para comenzar a organizar las movilizaciones necesarias en torno a la negociación de un convenio de empresa fruto de la participación de todos los trabajadores.

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A CSC!
Leer más ...

martes, 14 de enero de 2020

Conoce tus derechos: Permiso retribuido para acompañar hijos al médico

0 comentarios


Siguiendo su habitual fórmula de exprimir al máximo sin pudor ni miramientos a sus herramientas de producción, es decir a nosotros, los trabajadores, everis ha inculcado durante años y años la falsa creencia de que las visitas al médico acompañando a los hijos no son permisos retribuidos, sino ausencias recuperables, presumiendo y vanagloriándose además de ser flexibles con el trabajador a la hora de que éste recupere el tiempo invertido en uno de nuestros deberes inexcusables.

El Estatuto de los Trabajadores indica:

“Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos.

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
[...]
d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.”

Siendo así, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en la Sala de lo Social, en la sentencia nº 3098/2011 de 17 de junio de 2011, consideró que el deber de cuidado de los hijos menores regulado en el artículo 110 del Código Civil permitía considerar el acompañamiento de los menores al médico como un "deber inexcusable de carácter público y personal" previsto en dicho artículo y, por tanto, como una ausencia al trabajo amparada por un permiso retribuido, al indicar que “incluso el requisito más discutible, que exige éste, cual es el de la presencia de un deber inexcusable de carácter público y personal, para justificar la ausencia, también está presente, desde el momento en que [...] se establece la obligación de los padres de velar por los hijos menores; en que esta obligación tuitiva es insoslayable y con un matiz público evidente”. Por tanto, si un padre/madre/tutor legal necesita para este deber inexcusable 40 horas anuales, estas 40 horas serían un permiso retribuido.

Compañeros, no nos dejemos engañar por la empresa, que lo hará sin miramientos con tal de explotarnos al máximo. Tened siempre presente las enormes diferencias entre los intereses de la empresa y los de los trabajadores. Los suyos persiguen obtener más riqueza de nuestra fuerza de trabajo sin importarles los medios para alcanzarlo. Los nuestros, poder tener un sustento de vida con el que mantenernos a nosotros y a nuestras familias. Desde CSC insistimos una vez más en que la única vía posible para mejorar nuestras condiciones económicas y sociales como merecemos pasa por la organización y la movilización.

Si estás interesado en organizarte para cambiar esta situación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A CSC!
Leer más ...

jueves, 9 de enero de 2020

everis Centers está en contra de que los trabajadores se organicen en CSC

0 comentarios


Esto es lo que dicen las Leyes laborales al respecto de los derechos de los representantes sindicales en una empresa:

  • El apartado 1.c) del Artículo octavo de la Ley Orgánica de Libertad Sindical (Ley LOLS) dice que “Los trabajadores afiliados a un sindicato podrán, en el ámbito de la empresa o centro de trabajo [...] constituir Secciones Sindicales de conformidad con lo establecido en los Estatutos del Sindicato”.
  • El Artículo diez de la misma Ley LOLS dice, por una parte, que “A falta de acuerdos específicos al respecto, el número de delegados sindicales por cada sección sindical de los sindicatos que hayan obtenido el 10 por 100 de los votos en la elección al Comité de Empresa o al órgano de representación en las Administraciones públicas se determinará según la siguiente escala: De 250 a 750 trabajadores: Uno. De 751 a 2.000 trabajadores: Dos. De 2.001 a 5.000 trabajadores: Tres. De 5.001 en adelante: Cuatro.”  y, por otra, que “Los delegados sindicales, en el supuesto de que no formen parte del comité de empresa, tendrán las mismas garantías que las establecidas legalmente para los miembros de los comités de empresa”.
  • Dichas garantías están reguladas en el Artículo 68 del Estatuto de Trabajadores, en particular cuando se dice que pueden disponer “[...] de un crédito de horas mensuales retribuidas cada uno de los miembros del comité o delegado de personal en cada centro de trabajo, para el ejercicio de sus funciones de representación, de acuerdo con la siguiente escala: 1.º Hasta cien trabajadores, quince horas. 2.º De ciento uno a doscientos cincuenta trabajadores, veinte horas. 3.º De doscientos cincuenta y uno a quinientos trabajadores, treinta horas. 4.º De quinientos uno a setecientos cincuenta trabajadores, treinta y cinco horas. 5.º De setecientos cincuenta y uno en adelante, cuarenta horas”.


Estos son los hechos ocurridos en everis Centers en orden cronológico en relación a nuestra sección sindical:

  • La sección sindical de CSC decidió organizarse a nivel de toda la empresa everis Centers desde el 10 de julio de 2017, hecho que fue notificado a la dirección de la empresa en tiempo y forma y de lo cual ésta no emitió ninguna opinión.
  • El 5 de diciembre pasado, es decir, cuando llevábamos ya organizados en toda la empresa casi dos años y medio, os informamos de la decisión adoptada en asamblea de afiliados de la sección sindical de CSC en everis Centers de designar a los compañeros P.M. -del centro de Salamanca- y A.L. -del centro de Murcia- como delegados sindicales de CSC en toda la empresa, de lo cual se le dió traslado puntualmente también a la dirección de la empresa.
  • El 10 de diciembre, nuestro compañero P.M., delegado sindical electo por los afiliados de CSC en everis Centers, envió un correo a la dirección de la empresa con el escrito habitual de notificación de consumo de horas sindicales para utilizar el 16 de diciembre, día en el que pretendíamos celebrar una reunión de todos los delegados de CSC en la empresa. 


Sin embargo, la dirección de la empresa salió al paso el 13 de ese mes mediante un escrito enviado al Secretario General de la sección sindical de CSC afirmando que "de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical, carece de validez y eficacia alguna la elección de la trabajadora Dña. A.L.R., del centro de trabajo de Murcia, y el trabajador D. P.M.S., del centro de Salamanca, como delegados sindicales con las garantías establecidas en el art. 10.2, por considerar que no concurren los presupuestos exigidos por la referida normativa legal".

Es decir, la empresa se inmiscuye de manera ilegal en la forma de organizarse de los trabajadores en su sindicato, CSC, pretendiendo determinar ella y no la organización sindical cómo deben organizarse los trabajadores en la empresa, tal y como recoge la Ley LOLS, lo que significa que everis Centers interpreta a su antojo la legalidad vigente, la adapta a sus intereses e, inmiscuyéndose en asuntos legalmente ajenos a ella, pretende imponer su particular ley marcial a los trabajadores que tienen la osadía de organizarse sindicalmente en la empresa, es decir, al margen de ésta, para defender sus derechos laborales y su dignidad.

¿Qué es lo que intenta la empresa negando la elección de nuestros delegados sindicales? Muy sencillo: persigue impedir que los trabajadores de los centros de Salamanca y Murcia tengan cerca a un referente sindical que, con un crédito horario mensual de 40 horas, pueda resolver sus dudas laborales; persigue mantener divididos y aislados a los compañeros que están en situaciones abusivas que la empresa no resuelve; persigue desactivar cualquier intento de organizarse fuera del campo de influencia de la empresa que representa el sindicalismo de clase de CSC. Y es que la dirección de everis Centers sabe perfectamente que la única organización sindical con capacidad para organizar a los trabajadores en la empresa es CSC y es por eso que nos pone todas las trabas posibles para llevarlo a cabo.

Con esta nueva agresión, la empresa engrosa la lista que alimenta desde hace años contra los trabajadores que quieren tener voz y voto en lo concerniente a sus puestos de trabajo: en la oficina del centro de Sevilla nos niega tanto la colocación de tablones informativos como una sala propia para atender a los compañeros y realizar nuestras funciones sindicales; nos niega los permisos al grupo de correo corporativo, lo que significa que no disponemos del listado actualizado de trabajadores de la empresa. En definitiva, la empresa se empeña en ilegalizar de facto a nuestra sección sindical, dejarla inoperativa más allá del Comité de empresa del centro de Sevilla. 

Hacemos un llamamiento a los trabajadores de los centros de Alicante, Murcia y Salamanca a afiliarse a CSC y, entre todos, obligar a la empresa a que respete, aunque no le guste, que los trabajadores nos organicemos sindicalmente cómo, cuándo y dónde nosotros decidamos, sin injerencias de nadie. Instamos igualmente a todos los compañeros a constituir Comités de empresa en esos centros de trabajo, para lo cual nos tendréis a vuestra disposición para ayudaros en todos los pasos a dar. Unidos somos fuertes; divididos estamos a merced de la empresa.


¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A CSC!
Leer más ...
 

Copyright © 2015 Sección Sindical de ASC en NTT DATA Spain Centers. Design by BTDesigner | Blogger Theme by BTDesigner | Powered by Blogger