lunes, 16 de diciembre de 2019

CSC en everis Centers en apoyo a los compañeros de Ayesa AT

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El próximo 18 de diciembre los compañeros de Ayesa AT irán a la huelga para manifestarse en contra de las tropelías que la empresa ejerce bajo la forma de despidos (muchos de ellos a trabajadores con reducción de jornada por cuidado de hijos), subrogación de empleo (desmantelando Ayesa AT en beneficio de Atech BPO) y represión contra los trabajadores, en especial contra los delegados de la Coordinadora Sindical de Clase.

La huelga es el instrumento más poderoso que tenemos los trabajadores en la lucha por nuestros derechos, pues paralizando la producción queda más que patente que toda la riqueza generada en una empresa es fruto de nuestro trabajo.

Desde la sección sindical de CSC en everis Centers queremos mostrar nuestro total apoyo a los trabajadores de Ayesa AT en la tremenda lucha que están llevando a cabo contra una dirección totalmente desatada en su afán por reprimir cualquier intento de frenar los ataques contra los trabajadores, que además cuenta con dos candidaturas hechas por la propia dirección y que están bajo su total control, en manos del sindicalismo amarillo de UGT y CCOO.

La realidad que se vive en Ayesa AT no nos es ajena al resto de los trabajadores, que vivimos en mayor o menor medida la explotación a la que nos someten cada día las empresas, que se manifiesta de diferentes formas en función de la inestabilidad del mercado y del grado de lucha que los trabajadores seamos capaces de llevar a cabo. Tarde o temprano, todas las empresas aplican medidas represivas que son más o menos agresivas en función de la respuesta que los trabajadores seamos capaces de organizar.

Es por ello que la solidaridad entre todos los trabajadores se convierte en un arma imprescindible en la lucha por nuestros derechos, y los trabajadores de everis Centers tenemos que entender la lucha de los trabajadores de Ayesa AT como nuestra propia lucha, una lucha por defender los derechos y mejorar las condiciones de los trabajadores que nos afecta a todos.

Cualquier despido en una empresa se convierte en un trabajador que engrosa las filas del paro, de forma que las empresas, ante el aumento de trabajadores buscando empleo, pueden rebajar las condiciones de trabajo y ofrecer empleos más precarios, contando con una mayor demanda de empleo por parte de trabajadores en paro. Cada ataque de una empresa a un trabajador es una ataque de toda una clase, la capitalista, contra toda la clase trabajadora.

Sólo los trabajadores organizados y movilizados podemos lograr defender nuestros puestos de trabajo y luchar por un futuro estable y con unas condiciones de trabajo dignas. Sólo los trabajadores unidos bajo el paraguas del sindicalismo de clase podemos hacer frente a los ataques de las empresas.

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viernes, 13 de diciembre de 2019

CCOO y Actúa de la mano, rompen lo pactado respecto al CSS

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Tras las elecciones sindicales del pasado 13 de Junio, como ya os informamos, CSC convocó la reunión constitutiva del Comité de Empresa de everis Centers. En un pleno accidentado se votaron los representantes por parte del Comité de Empresa del Comité de Seguridad y Salud (órgano paritario y colegiado de participación junto a la empresa). A propósito de dicha elección, en base a la composición del comité (7 miembros de CSC, 5 de Actúa y 5 de CCOO), desde CSC propusimos a dos de nuestros compañeros -F.J. M. y V. C.-, asumiendo que tanto Actúa como CCOO aportarían un delegado cada uno. Pero CCOO se abstuvo y regaló un delegado más a Actúa en el CSS, resultando por tanto la composición por parte del Comité de Empresa en el CSS de 2 miembros de CSC y 2 miembros de Actúa; delegados de Actúa que en la práctica no han ejercido en ninguna ocasión hasta el día de hoy. A pesar de dicho regalo, CCOO tuvo la desfachatez de, torpemente, intentar atacarnos simulando una supuesta unión con Actúa, ataque al que respondimos  desde CSC con nuestro comunicado “Sorpresivas uniones invisibles“. Como puede leerse, ante dichos hechos invitamos en su momento a CCOO a rectificar y formar parte del CSS.

Puestos en antecedentes, la desvergüenza de CCOO vuelve a salir a la luz a tenor de los hechos que se produjeron en el último Pleno del Comité de Empresa del pasado martes 26 de noviembre. Hace unas semanas, y por motivos personales, nuestro compañero F.J. M., miembro de la sección sindical, del Comité de Empresa y del Comité de Seguridad y Salud, presentó su renuncia como Delegado de Prevención en el CSS. Por tanto, uno de los puntos a tratar en dicho Pleno era la votación del nuevo miembro del Comité que lo sustituiría. Desde CSC propusimos a nuestro compañero D. B. como nuevo miembro del CSS. Ante nuestra sorpresa, CCOO, que en la constitución del CE renunció a formar parte del CSS a favor de Actúa, propuso a M.D. G. Antes de realizar las votaciones y desconociendo cuál sería la postura de Actúa, quisimos indicar que nuestra propuesta se basaba en el respeto a la proporcionalidad manifestada en los resultados de las elecciones sindicales.

Sin embargo, nuestro compañero D. B. obtuvo 7 votos a favor por parte CSC y 10 abstenciones emitidas por CCOO y Actúa, mientras que M.D. G. obtuvo 10 votos a favor gracias al bloque de CCOO y Actúa por 7 votos en contra de CSC.

Por tanto, en el Pleno se designó a la candidata de CCOO como nueva Delegada de Prevención en el CSS, quedando compuesto por 2 miembros de Actúa, 1 miembro de CCOO y, pese a tener la mayoría de los votos en las elecciones sindicales, CSC se quedaba con 1 miembro.

Así pues, compañeros, Actúa y CCOO vuelven a demostrar sus intereses comunes, puentean a CSC obteniendo la mayoría conjunta en el Comité de Seguridad y Salud y rompe con ello la proporcionalidad resultante de las elecciones sindicales.

Desde CSC seguiremos trabajando tal y como lo estamos haciendo para mejorar las condiciones de los trabajadores. No dejaremos que la empresa, con la inestimable colaboración de sus secuaces y lacayos, torpedee nuestra lucha. Y CSC seguirá siendo el motor de toda lucha sindical en everis Centers, tanto en el Comité de Empresa como en el Comité de Seguridad y Salud.

Queremos recordaros que estamos por y para los trabajadores. Si tienes cualquier tipo de duda, problema, sugerencia o comentario, no dudes en contactarnos. Siempre estamos disponibles para ayudar y defender a la clase trabajadora.

Desde CSC insistimos en que la única vía posible para mejorar nuestras condiciones como merecemos pasa por la organización y la movilización. Si estás interesado en organizarte para cambiar esta situación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.


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martes, 10 de diciembre de 2019

Conoce tus derechos: Los compensados son un derecho, no una concesión de la empresa

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Como ya explicamos en un comunicado anterior, en everis la jornada estándar es de 43 horas semanales porque la empresa aplica una redistribución irregular de la jornada, de forma que esas horas de más realizadas a lo largo del año son compensadas posteriormente en la época de jornada intensiva y con los días compensados de semana santa y navidad.

Si everis no concediera esa jornada intensiva ni los días compensados, se superaría el límite horario que marca el convenio de 1800 horas.

Por lo tanto, esas horas de más que trabajamos durante el año nos dan derecho a disfrutar de ese descanso legalmente, no es ninguna concesión por parte de la empresa y no pueden quitarnos ese derecho. Sin embargo, son muchos los casos en los que se ha indicado a los trabajadores que deciden irse de la empresa o que han sido despedidos que esos días si no se disfrutan, se pierden, es decir, no se pagan en el finiquito.

Evidentemente, pretender no retribuir estas horas realizadas de más y no compensadas en descanso es equivalente a pretender que no disfrutemos nuestras vacaciones (recordad que las vacaciones deben fijarse de mutuo acuerdo, no pueden imponerse) y no pagarlas. Si no existe posibilidad de disfrutar esos días ante una baja voluntaria o, más aún, en caso de despido, esos días compensados no disfrutados deben ser pagados en el finiquito.

Si la empresa o cualquier responsable os indican que esos días los perdéis ante cualquier circunstancia, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
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jueves, 5 de diciembre de 2019

Sorprendente aparición de Actúa, 6 meses después de las elecciones

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Aunque los más nuevos en la empresa quizás no conozcáis quienes son los miembros de la "Plataforma independiente de trabajadores de everis Centers Sevilla" Actúa, ya que llevan desaparecidos desde las pasadas elecciones del mes de junio, basta decir que en la pasada legislatura uno de sus miembros era un gerente del centro. Actúa es, como ya hemos demostrado anteriormente, la candidatura de la dirección de la empresa para introducirse en el Comité de Empresa y tratar de controlarlo.

Por lo tanto, lo que no es sorprendente es que intenten engañar a los trabajadores una vez más. Para evitar que tergiversen la realidad vamos a explicar exactamente las ‘propuestas’ de Actúa en el Comité.

En primer lugar hay que entender que, siendo Actúa la propia empresa, las ‘propuestas’ que llevan al Comité surgen probablemente de la propia dirección, que concede a su candidatura la posibilidad de vender lo que la empresa tiene pensado implementar como un supuesto logro de Actúa, para así reforzarlos ante los trabajadores.

La primera ‘propuesta’ de Actúa, acelerar la carrera de los juniors es, por un lado, innecesaria y por otro lado una trampa. Innecesaria porque la empresa puede actualmente acelerar la carrera de cualquier trabajador (incluido los juniors) cuando quiera. No solo puede hacerlo sino que en determinados casos lo hace, y se asciende a trabajadores independientemente de unos plazos que, por otro lado, hay que recordar que los impone la propia empresa pero que no son ninguna imposición legal. Y es una trampa porque el problema de ser junior no son los plazos para acelerar la carrera profesional sino los salarios de miseria que se perciben, algo que parece ser que a Actúa no le preocupa en absoluto.

Desde CSC apostamos por unas categorías laborales que se ajusten a nuestras capacidades profesionales, con salarios muchos más altos para juniors así como para el resto de categorías, de forma que un trabajador no tenga que acelerar su carrera profesional para poder percibir un salario mínimamente digno, saltándose pasos en su aprendizaje, asumiendo responsabilidades por encima de su experiencia, sufriendo una exigencia desmedida, porque la empresa y su candidatura (Actúa) les niegan un salario que les permita vivir dignamente.

Por supuesto, en la ‘propuesta’ de Actúa no hay definido ningún criterio para esa aceleración de carrera, dejando una vez más todo en manos de la empresa, de manera que esa supuesta aceleración la tendrán los que la dirección del centro decida, sin unos criterios claros que el trabajador pueda cumplir, todo de forma totalmente subjetiva, permitiendo que factores extra laborales influyan en esas decisiones como caerle bien a tu responsable. De esta forma se prima, por un lado, la sumisión ante la dirección de la empresa, eliminando el espíritu crítico, y por otro lado la competencia entre trabajadores para ser ascendido antes, en lugar del compañerismo y la solidaridad para conseguir unas mejores condiciones para todos.

La segunda ‘propuesta’ de Actúa es aún más grave si cabe puesto que supone una medida que es el sueño húmedo de la dirección de la empresa, eliminar la jornada intensiva en verano. Porque lo que ocultan en su comunicado los miembros de Actúa es que todas las medidas que ellos proponen, al igual que las que la empresa ha implantado unilateralmente (flexibilidad, teletrabajo...) están supeditadas a la decisión final de la empresa que concederá o no una medida en función de las sacrosantas necesidades del proyecto, o que podrá modificar dicha medida a su conveniencia en cada momento (obligando por ejemplo a modificar la flexibilidad horaria en semanas con festivos para no ‘perder’ horas de trabajo).

De esta forma, si se aprobara "flexibilizar" la jornada intensiva, lo que se estaría haciendo en la práctica es abrir la puerta a dejar de tener jornada intensiva en verano y que cada proyecto diseñe la jornada intensiva en base a las necesidades del cliente. Después, basta con coaccionar a los trabajadores para que ‘elijan libremente’ esa jornada bajo la espada de Damocles del despido o planteando una alternativa aún peor (la estrategia del mal menor) y el teatrillo está listo.

Los miembros de Actúa defienden esta medida apelando a la ‘libertad individual’ de decidir de cada trabajador pero, ¿qué libertad tiene un trabajador que sabe que puede ser despedido libremente en cualquier momento? ¿Qué libertad existe en este sistema para quienes estamos obligados a vender nuestra fuerza de trabajo al mejor postor para poder sobrevivir? La única libertad que tenemos los trabajadores es la de morirnos de hambre. Todo lo demás no es más que una ilusión que tanto las empresas como sus lacayos se empeñan en hacernos creer. Pero quienes conocemos bien sus artimañas ya sabemos en qué consiste esa libertad, la libertad de ‘aceptar’ lo que la empresa te pone por delante o ser puesto de patitas en la calle porque quien tiene verdadera libertad es el empresario, no los trabajadores.

Como podéis ver, las medidas de la empresa (presentadas por Actúa ante el Comité) están perfectamente pensadas para seguir ahondando en la explotación de los trabajadores y en seguir dividiéndonos cada día más. Desde CSC apostamos por medidas mucho más ambiciosas y que sean derechos colectivos, de forma que no se deje en manos de la empresa la decisión sobre cómo y a quién aplicarlas, que estén reguladas legalmente y sean un derecho para todos los trabajadores. A esto es a lo que se opone Actúa y por lo que la dirección de la empresa creó esta candidatura, para dividirnos y echarnos a pelear a unos contra otros. Y eso es lo que debemos combatir los trabajadores uniéndonos y organizándonos para lograr mejoras colectivas.

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La CSC se refuerza en everis Centers

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Aunque la Coordinadora Sindical de Clase se constituyó en la empresa en noviembre de 2015, no sería hasta que se celebraran las elecciones sindicales de junio de 2019 en el centro de Sevilla cuando diéramos un salto cualitativo al obtener el apoyo mayoritario de los trabajadores, lo cual se tradujo en siete delegados de CSC en el Comité de empresa de un total de diecisiete miembros, lo que equivale al 41,18% de la Representación Legal de los Trabajadores de Sevilla, en donde dos de esos siete delegados de CSC ostentan los cargos de Presidencia y Secretaría.

Pero había que dar un paso más. Es por eso que hoy 5 de diciembre de 2019, el Secretario General de CSC en everis Centers ha entregado un escrito a la empresa comunicándole la decisión adoptada por la Asamblea de afiliados en la empresa de designar a la compañera A.L.R. del centro de Murcia y al compañero P.M.S. del centro de Salamanca como nuevos delegados sindicales de CSC en la empresa.


Ambas designaciones revisten un hito importantísimo en el plan de extensión del sindicato pues implica que, amparados en la Ley Orgánica de Libertad Sindical(1):
  • A partir de ahora -junto con el de Sevilla- CSC tiene presencia, bien mediante delegados del comité, bien mediante delegados sindicales, en 3 de los 4 centros de la empresa, aparte de tener representatividad en todos los centros por ser nuestra sección sindical de ámbito estatal, siendo nuestro sindicato el que mayor implantación tiene en todo everis Centers. 
  • A las 35 horas mensuales que disponemos los 7 delegados de CSC en el Comité de Sevilla se suman las 40 horas al mes de los nuevos delegados sindicales para realizar sus funciones sindicales amparados en la Ley LOLS. 
  • Los trabajadores de esos centros pueden contactar en persona con un representante sindical de CSC para tratar cualquier asunto que afecte a sus condiciones laborales. 
  • En base a lo que dictamina la Ley LOLS, nuestros delegados sindicales podrán solicitar información a la empresa y ser oídos por ésta en asuntos de carácter colectivo. 

Todo ello significa que el sindicalismo de clase sigue fortaleciéndose en everis Centers de la mano del compromiso de más compañeros que van dando un paso al frente en la defensa de sus derechos laborales. 

Confiamos en que el nombramiento de Andrea y Pablo como delegados sindicales anime a muchos otros trabajadores a organizarse en CSC para ir adquiriendo la fuerza suficiente para luchar unidos por mejores condiciones de trabajo en everis Centers.


(1). La Ley Orgánica de Libertad Sindical establece en su Artículo octavo que:

2. Sin perjuicio de lo que se establezca mediante convenio colectivo, las Secciones Sindicales de los sindicatos más representativos y de los que tengan representación en los comités de empresa y en los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones públicas o cuenten con delegados de personal, tendrán los siguientes derechos:
a) Con la finalidad de facilitar la difusión de aquellos avisos que puedan interesar a los afiliados al sindicato y a los trabajadores en general, la empresa pondrá a su disposición un tablón de anuncios que deberá situarse en el centro de trabajo y en lugar donde se garantice un adecuado acceso al mismo de los trabajadores.
b) A la negociación colectiva, en los términos establecidos en su legislación específica.
c) A la utilización de un local adecuado en el que puedan desarrollar sus actividades en aquellas empresas o centros de trabajo con más de 250 trabajadores.

Así mismo, en su Artículo diez dice lo siguiente:

1. En las empresas o, en su caso, en los centros de trabajo que ocupen a más de 250 trabajadores, cualquiera que sea la clase de su contrato, las Secciones Sindicales que puedan constituirse por los trabajadores afiliados a los sindicatos con presencia en los comités de empresa, [...] por delegados sindicales elegidos por y entre sus afiliados en la empresa o en el centro de trabajo. 

2. A falta de acuerdos específicos al respecto, el número de delegados sindicales por cada sección sindical de los sindicatos que hayan obtenido el 10 por 100 de los votos en la elección al Comité de Empresa [...] se determinará según la siguiente escala:
De 250 a 750 trabajadores: Uno. 
De 751 a 2.000 trabajadores: Dos. 
De 2.001 a 5.000 trabajadores: Tres. 
De 5.001 en adelante: Cuatro

3. Los delegados sindicales, en el supuesto de que no formen parte del comité de empresa, tendrán las mismas garantías que las establecidas legalmente para los miembros de los comités de empresa o de los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones públicas, así como los siguientes derechos a salvo de lo que se pudiera establecer por convenio colectivo:

1.º Tener acceso a la misma información y documentación que la empresa ponga a disposición del comité de empresa, estando obligados los delegados sindicales a guardar sigilo profesional en aquellas materias en las que legalmente proceda.

2.º Asistir a las reuniones de los comités de empresa y de los órganos internos de la empresa en materia de seguridad e higiene o de los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones públicas, con voz pero sin voto.

3.º Ser oídos por la empresa previamente a la adopción de medidas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados a su sindicato en particular, y especialmente en los despidos y sanciones de estos últimos.
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