viernes, 24 de abril de 2020

everis pretende apropiarse del derecho irrenunciable a las vacaciones



Aunque los trabajadores españoles estamos por detrás de Finlandia, Francia, Reino Unido, Italia, Austria, Dinamarca, Luxemburgo, Eslovaquia, Suecia, Alemania, Estonia, Islandia y Malta en cuanto al número de días de vacaciones remuneradas anualmente, éstas son el resultado de la lucha constante de millones de trabajadores a lo largo de la historia. De los 7 días reconocidos durante la Segunda República hasta los 30 días naturales actuales -de los cuales 22 deben ser laborables-, los trabajadores asalariados hemos tenido que defender este derecho. Y, a tenor de lo que estamos observando en everis Centers, debemos seguir haciéndolo.

Ya señalábamos en anteriores comunicados que el artículo 38  "Vacaciones anuales" del Estatuto de los Trabajadores dice:

"1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales. 

2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. 

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente. 

3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute."

Con respecto a las vacaciones, el Convenio Colectivo dice en su artículo 21 "Vacaciones":

"1. Desde el 1 de enero de 2017 todas las personas trabajadoras al servicio de las empresas sujetas a este Convenio disfrutarán de veintitrés días laborables de vacaciones anuales retribuidas, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente.No obstante, se mantendrán las mejoras que las Empresas puedan aplicar las personas trabajadoras que presten servicio en ellas."

Las vacaciones son un derecho irrenunciable. No pueden ser sustituidas por compensación económica. Tampoco pueden ser fijadas de forma unilateral por la empresa, sino que deben ser fijadas de común acuerdo entre empresa y trabajador.

Las vacaciones no las fija, ni las aprueba, ni están supeditadas a la decisión del cliente. Nuestros contratos son con everis, y con everis hay que fijarlas. Los calendarios de subidas o entregas no deben condicionar las vacaciones, ni los festivos. Tampoco te pueden imponer unas fechas para tus vacaciones, hay que llegar a un común acuerdo, y en última instancia es la autoridad laboral la que decide de urgencia, no la empresa. Una vez fijadas las vacaciones, la empresa no puede cambiarlas con menos de dos meses de antelación a su disfrute, y menos imponer el cambio sin llegar a un acuerdo con el trabajador.

Las vacaciones son un derecho, no un privilegio. Si te quieren imponer o cambiar tus vacaciones o consideras que intentan hacer algo ilegal, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Si te has visto obligado a disfrutar tus vacaciones en un periodo impuesto por la empresa o crees que se ha cometido alguna otra irregularidad al respecto, ponte en contacto con nosotros.

Muchos compañeros nos estáis trasladando estos días las maniobras de la empresa presionando para que los trabajadores marquen en el calendario al menos dos semanas de vacaciones durante los meses de verano, salvándose únicamente aquellos que presenten un motivo plenamente “justificado” según el criterio de la empresa. Es todavía más condenable la artimaña de la empresa por cuanto que ejerce la coacción en pleno estado de alarma, cuando los trabajadores estamos sufriendo junto con nuestras familias el confinamiento, la enfermedad e incluso el fallecimiento de personas queridas. 

Nuevamente comprobamos que, más allá de las palabras grandilocuentes de los directivos de la empresa en sus comunicados oficiales llamando a quedarnos en casa para cuidar de nuestra salud, al final los intereses económicos se imponen por encima de nuestro bienestar. ¿De qué otro modo puede entenderse que la empresa nos chantajee para que consumamos más de la mitad de las vacaciones anuales en verano, siendo conscientes de la incertidumbre regulatoria que todavía acecha al período estival?
  
Tan solo obligando a la empresa a sentarse en una mesa de negociación de igual a igual, podremos obtener verdaderas mejoras en nuestras condiciones de trabajo. Pero esta tarea no podemos hacerla individualmente porque supone enfrentarse en solitario a la empresa. Desde CSC insistimos una vez más en que la única vía posible para mejorar nuestras condiciones como merecemos pasa por la organización y la movilización colectiva

Si estás interesado en organizarte para cambiar esta situación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.


¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A CSC!

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