martes, 8 de septiembre de 2020

La desconexión digital según Actúa: Todo en manos de la empresa



El pasado jueves 25 de junio tuvo lugar un Pleno ordinario del Comité de Empresa en el que a petición de Actúa se incluyó el punto “Propuesta a la dirección del centro de un Protocolo de Desconexión Digital”. Teniendo en cuenta que Actúa es la candidatura dirigida por la dirección de la empresa, era evidente que esta propuesta de Protocolo de Desconexión Digital, o bien venía directamente de la propia empresa, o tenía su visto bueno. Y basta con analizar el texto del documento para corroborar esto.

 

El segundo párrafo del documento aportado por Actúa está cargado de buenas intenciones que después veremos en qué se convierten:

 



Justo después de este párrafo se incluyen una serie de puntos donde se define de verdad la propuesta de protocolo. La letra pequeña con la que todas las buenas intenciones del primer párrafo se convierten en papel mojado dejando en manos de la empresa cualquier decisión.

 

El primer punto de la propuesta de protocolo indica (las negritas son nuestras): “Se respetarán los tiempos de descanso diario, semanal, permisos o vacacional, tratando de evitar comunicaciones profesionales una vez finalizada la jornada laboral”.

 

O sea, el protocolo no impide que la empresa se comunique con un trabajador fuera de su jornada laboral, sino que apela a la buena voluntad de la misma para que ‘trate de evitarlo’. Como decimos, esto es papel mojado porque para la dirección de la empresa, cualquier comunicación fuera del horario laboral será considerada como indispensable y algo que no se puede evitar.

 

El segundo punto de la propuesta dice: “Derecho a no responder a ninguna comunicación, fuere cual fuere el medio utilizado (correo electrónico, WhatsApp, teléfono, etc.), una vez finalizada su jornada laboral, salvo que concurran circunstancias de causa de fuerza mayor que supongan un grave, inminente o evidente perjuicio empresarial o del negocio.

 

De nuevo la letra pequeña invalida todo el texto anterior del punto. ¿Quién decide qué es un grave, inminente o evidente perjuicio empresarial o del negocio? Si un cliente exige que se resuelva un problema a las 10 de la noche porque si no van a rescindir el contrato con everis, independientemente de la gravedad del asunto, que siendo everis una empresa del sector TIC nunca tendrá la gravedad que pretenden hacernos creer (no somos médicos ni bomberos), esto podría suponer un evidente perjuicio empresarial. Por lo tanto, una vez más, nuestra desconexión digital (al igual que el resto de nuestras condiciones de trabajo), estaría supeditada a la decisión y las exigencias del cliente. ¿De qué sirve entonces este Protocolo de Desconexión Digital?

 

El tercer punto indica: “En el caso de ser inevitable una comunicación, no se debe esperar una respuesta inmediata”.

 

Este punto es totalmente contradictorio con respecto al anterior. Si existe un posible inminente perjuicio empresarial o del negocio, ¿qué sentido tiene no esperar una respuesta inmediata? ¿Qué significa inmediata? ¿Podría el trabajador responder al día siguiente en su horario laboral? En ese caso ¿qué sentido tiene el protocolo?

 

El cuarto punto dice: “En caso de distintos husos horarios, se tratarán de mantener las comunicaciones en los horarios de solape entre las distintas personas”.

 

De nuevo una declaración de buenas intenciones que de nada sirve plasmar en un documento. Una vez más la empresa podría tratar de imponer comunicaciones fuera del horario laboral de un trabajador, alegando que es algo ineludible, a pesar de que su intención era evitarlo, cumpliendo de esta forma un protocolo que no deja de ser una carta a los reyes magos.

 

Como podemos ver, esta propuesta de protocolo es un nuevo intento de la empresa (a través de Actúa) de tener el control absoluto sobre nuestras condiciones de trabajo, de seguir ahondando en nuestra explotación para seguir aumentando sus beneficios, mientras que nosotros seguimos empobreciéndonos con salarios de miseria, congelación salarial, horas extra, guardias ilegales, etc.

 

¿Y por qué trae la empresa al Comité este Protocolo de Desconexión Digital que deja todo en manos de la dirección? Si leemos el Artículo 88 de la “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales”, titulado “Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral”, en su punto 2 dice: “Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

 

Toda esta estrategia se engloba dentro de las modificaciones que la patronal quiere imponer en cuanto a las relaciones laborales, con respecto al teletrabajo y a un nuevo marco regulatorio que pretende convertirnos a todos los trabajadores en una especie de autónomos (al estilo de los falsos autónomos de plataformas como Glovo), algo que vemos como poco a poco van a intentar colarnos de tapadillo, con conceptos que pretenden ocultar la verdadera intención tal como puede verse en el correo enviado por la empresa el pasado 6 de julio en el que nos adelantaban las medidas que la dirección pretende implantar.

 



Conceptos como ‘entornos flexibles’, ‘racionalización de nuestro esfuerzo’, ‘organización personal’ o ‘trabajo asíncrono’, esconden las intenciones de everis con respecto a esta ‘nueva normalidad’, que de nueva no tiene nada y no es más que ahondar en la explotación y convertir el trabajo a destajo en algo habitual. Trabajar por objetivos, sin horarios, echando todas las horas que haga falta para completar las tareas, de forma ‘flexible’ y ‘asíncrona’.

 

Esto es lo que persiguen la patronal y everis (entre otras empresas) con estas medidas para la ‘nueva normalidad’, y en esta estrategia encaja esta propuesta de Protocolo de Desconexión que Actúa trajo en nombre de la empresa al Pleno del Comité.

 

Desde CSC, ante este nuevo intento de regalar los derechos de los trabajadores a la empresa, propusimos en primer lugar el aplazamiento de este punto para poder estudiar en profundidad el protocolo y elaborar una propuesta consensuada por todos los delegados del Comité. Ante la negativa por parte de Actúa, que dando muchos rodeos y mareando la perdiz no quería aceptar dicho aplazamiento, desde CSC propusimos entonces una versión alternativa a la redacción traída por Actúa que al menos supusiera una protección al derecho a la desconexión real de los trabajadores de everis.

 

En nuestra propuesta, además de solicitar a la empresa la negociación del protocolo, los puntos del 1 al 4 quedarían modificados de esta forma:

 



Los ataques de la empresa a nuestros derechos con la excusa de la ‘nueva normalidad’ van a verse incrementados próximamente (como podemos comprobar con este caso o el intento de implantar guardias ilegales en el proyecto EPO). Por ello es más importante que nunca que los trabajadores estemos unidos y organizados bajo los principios del sindicalismo de clase.

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A CSC!

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