jueves, 6 de febrero de 2020

Everis ningunea a los trabajadores (III): Ranking de MCA y cumplimiento de la ley



Continuando con el repaso a las negativas sistemáticas de everis al Comité de Empresa, Everis ningunea a los trabajadores (I): la ayuda escolar y Everis ningunea a los trabajadores (II): Correo, seguro médico y teletrabajo, hoy os recordamos más rechazos por parte de la empresa a cualquier propuesta o solicitud realizada, sea del ámbito que sea, y como hemos indicado anteriormente, incumpliendo la legislación sin ningún rubor.

El 16 de febrero de 2016 el Comité de Empresa solicitaba a la dirección disponer del ranking del MCA que everis usaba en aquel momento para asignar las diferentes productividades y subidas anuales, siendo vox populi entre todos los trabajadores la arbitrariedad e injusticia con las que se asignaban las mismas y con las que se siguen realizando las evaluaciones actualmente.

El 1 de marzo de 2016 la empresa se negaba.



El 2 de agosto de 2016 el Comité de Empresa solicitaba a everis que, en cumplimiento del Artículo 29 Apartado D) del Convenio Colectivo vigente por aquel entonces, se facilitara la información relativa a horas extraordinarias realizadas desglosadas por proyectos incluyendo las causas de las mismas. La misma solicitud se había realizado un año antes obteniendo respuesta negativa. Como podéis observar, se solicitaba simple y llanamente el cumplimiento del Convenio Colectivo, es decir, de la legislación.

El 5 de agosto de 2016 la dirección de everis contestaba reiterándose en su negativa previa. Queda patente que everis se considera por encima de la ley.



Ante las negativas por parte de la empresa a cumplir la ley, el 2 de octubre de 2018 se presentaba ante la Inspección de Trabajo (IT) una denuncia solicitando la información relativa a las horas extra que everis se niega a entregar. El 27 de septiembre de 2019 la IT emitía respuesta a la denuncia presentada dándonos la razón y requiriendo a la empresa al cumplimiento de la ley con carácter “inmediato, permanente y continuo”. El 18 de octubre de 2019, la empresa enviaba al Comité de Empresa la documentación sobre horas extraordinarias retribuidas y compensadas correspondientes al mes de septiembre, y volvía de nuevo a incumplir la ley así como el requerimiento de la IT al no enviarlas desglosadas por proyecto ni especificar sus causas. Esto ha continuado haciéndolo la empresa en los meses de noviembre, diciembre y enero. Como vemos, everis no acata las leyes ni a las autoridades laborales cuando así se lo requieren, mostrando la verdadera esencia de este sistema en el que los trabajadores somos esclavos de las empresas.

El 15 de febrero de 2017 el Comité de Empresa enviaba a la dirección un documento solicitando una serie de modificaciones en el documento sobre “política de jornada, vacaciones y flexibilidad”, para ajustarse a la legalidad que marcan Estatuto de los Trabajadores y Convenio Colectivo, además de ser un documento modificado por la empresa sin negociación ni acuerdo. Una vez más, se solicita el ajuste a la legislación. 



El 1 de marzo de 2017 la empresa respondía negándose de nuevo a escuchar al Comité de Empresa. Everis, de nuevo se considera por encima de la legislación.

A everis no le importamos. Somos números y mano de obra barata. Nuestras condiciones y derechos le traen sin cuidado. Los dueños de la empresa están por encima de la legislación. Leyes que, aún siendo muy desfavorables para los trabajadores, la empresa incumple sin escrúpulos porque se sabe fuerte ante la debilidad y falta de conciencia de los trabajadores.

Desde CSC insistimos una vez más en que la única vía posible para mejorar nuestras condiciones como merecemos pasa por la organización y la movilización. Tan sólo consiguiendo que la empresa se siente en una mesa de negociación de igual a igual podremos obtener verdaderas mejoras en nuestras condiciones de trabajo.

Si estás interesado en organizarte para cambiar esta situación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.


¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A CSC!

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