jueves, 23 de mayo de 2019

La incoherencia absoluta de CCOO



El 28 de septiembre de 2018 se reunía el comité de empresa a propuesta de CSC, para votar la aprobación de un documento en el que, basándonos en el artículo 16 del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, y en base a los Laudos B-154/05 (Barcelona), B-80/08 (Barcelona), 18/96 (Sevilla), 101/95 (Sevilla), B-215706 (Barcelona), B-22/07 (Barcelona), B-56/07 (Barcelona), y las Sentencias del Juzgado de lo Social de Barcelona 27/2/07, autos 31/07, y del Tribunal Supremo 2/4/01, se solicitaba formalmente a José Antonio Ramiro Bonet su renuncia voluntaria como miembro del Comité de Empresa en base a su nombramiento como gerente dentro del equipo ejecutivo y directivo de Everis, tal y como regula el artículo 11, apartado c, del reglamento interno del comité de empresa.


En dicha reunión, miembros de la sección sindical de CCOO argumentaron que “en el pasado hubo un gerente en el comité de empresa. Esto se denunció y se perdió por ser gerente una categoría del convenio, y que sólo se hubiera ganado de haber sido director. Tras debatir la cuestión se procedió a votar el envío de dicho documento, resultando aprobado con 9 votos a favor (incluyendo todos los miembros de CSC y de CCOO además de un miembro de Actúa), y 4 abstenciones. Dicho documento fue enviado a José Antonio Ramiro Bonet quien, a pesar del rechazo a su permanencia en el comité por parte incluso de miembros de su propia candidatura, ha continuado formando parte del mismo sin dar la más mínima explicación.


El pasado martes 21 de mayo se reunió la mesa electoral para resolver las reclamaciones al censo presentadas en los últimos días por parte de CSC y de CCOO. Ya en la reunión de constitución de la mesa celebrada el 15 de mayo, los miembros de CSC advertimos del hecho de que el director del centro, José María Díaz Moya, fuera el presidente de la mesa electoral. Posteriormente, en la publicación del censo pudimos comprobar cómo había sido incluido en el mismo, lo que lo convierte, de momento, en elector y elegible. Esto significa que el Director Ejecutivo de la empresa podría formar parte de una candidatura a las elecciones sindicales, salir elegido y ser miembro del comité de empresa.


Ante esta absoluta intromisión por parte de la dirección de la empresa en el proceso de elecciones sindicales, desde CSC presentamos una reclamación al censo para que José María Díaz Moya fuera excluido del mismo en su doble condición de director del centro de trabajo y apoderado de la empresa para el centro de Sevilla.


Por parte de CCOO, sin embargo, no solo no presentaron ninguna reclamación al respecto, sino que fue un miembro de la dirección provincial de este sindicato el que, ante la lectura de la reclamación, saltó a defender la inclusión en el censo del director del centro en base a que la ley sólo indica que serán excluidos del censo aquellos que tengan contrato de alta dirección, obviando la jurisprudencia existente que indica que no es necesario tener un contrato de alta dirección para ser considerado como tal.


Así que tenemos aquí una incoherencia más de CCOO que, solicita la renuncia como miembro del comité de empresa de un gerente, argumenta que en su día se perdió una denuncia que sólo se hubiera ganado de haber sido un director, pero a la hora de la verdad no solicita la exclusión del censo del director del centro (con lo cual lo legitima como posible miembro de una candidatura y por tanto del comité de empresa), defendiendo además la dirección del sindicato esta inclusión.


No son nuevos incurriendo en este tipo de paradojas los miembros de CCOO, quienes ya anunciaron en su día su intención de votar en contra de la aprobación del nuevo convenio, el cual supone una pérdida de poder adquisitivo de más del 21% en el periodo de vigencia del mismo, además de la eliminación de las categorías profesionales, lo que implica una mayor precariedad, pero que ante la aprobación del mismo por parte de la dirección de CCOO, no sólo callan sino que de nuevo vuelven a presentarse con las mismas siglas, dándole el poder necesario a la dirección de su sindicato para que siga firmando convenios infames y retrocesos.


¿Qué diferencia entonces a los dirigentes de CCOO que firman convenios tan dañinos, que acumulan casos y casos de corrupción, que despiden a sus propios trabajadores usando la reforma laboral del PP, que firman miles de EREs a cambio de prebendas, de los miembros de CCOO que a través de sus actas de delegados en comités de empresa así como de su afiliación, apoyan a estos dirigentes y les permiten seguir cometiendo todo tipo de tropelías?


En nuestras manos está darle la vuelta a esta situación, apartarse de una vez de organizaciones que hace tiempo que dejaron de representar nuestros intereses, y fortalecer el sindicalismo de clase para organizarnos y luchar por nuestros derechos y por mejores condiciones de trabajo.


¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, ÚNETE A CSC!

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