Uno de los mayores problemas
existentes dentro de cualquier empresa es la igualdad entre los trabajadores.
Cada persona suele ser pisoteada de una forma o de otra, pero al final siempre
somos los mismos: los propios trabajadores.
Dentro de everis, muchos sabrán
que existen varios tipos de servicios que ofrece la empresa a sus clientes,
como su famoso servicio llamado el 24/7. Para aquellos que no lo conozcan, se
trata de un servicio de disponibilidad ‘remunerado’ de 24 horas al día durante
los 7 días de la semana. En otras palabras, un servicio definido como abierto
todos los días del año y a cualquier hora. Un servicio que es una forma de
realizar guardias sin haber pactado previamente con la Representación Legal de
los Trabajadores unas condiciones. Unas guardias que nosotros, por tanto,
consideramos ilícitas.
Este tipo de servicio es
comunicado a los trabajadores como un servicio voluntario, pero en realidad
esto no es así, debido a que la empresa se encarga de seleccionar a los
trabajadores en caso de falta de voluntariedad. Ahora podréis preguntaros qué
tiene esto de malo o de desigual, pues lo comentamos a continuación.
Ante la negativa del trabajador
la empresa comienza la coacción, llegando incluso a mencionar que es un
servicio que tú indicaste en el contrato que estarías dispuesto a asumir en
caso de ser necesario, haciendo referencia a una cláusula del contrato.
Cláusula
Adicional. Horas Extras
De acuerdo con lo previsto en
la normativa vigente (artículo 35.4 del ET) el Empleado se obliga a realizar
horas extraordinarias en todos los casos en los que sea requerido por la
Empresa. Los Excesos de los tiempos efectivos de trabajo serán compensados en
tiempo equivalente de descanso o en metálico (art. 35.1 ET)
Una cláusula que según sentencias
previas del Tribunal Supremo es ilícita, ya que “la autonomía colectiva
plasmada en el convenio debe prevalecer sobre la voluntad individual de los
trabajadores; Lo contrario, supondría la quiebra del sistema de negociación
colectiva”.
Hasta aquí no parece haber desigualdad,
pero resulta que la remuneración de este servicio varía según el proyecto en el
que se encuentre el trabajador.
Este es la realidad actualmente
en everis, donde se plasman grandes diferencias entre proyectos a la hora de
prestar el servicio 24/7. Unos cobran 25€ al día por un día laboral, otros 30€
y otros 40€ y los fines de semana las tarifas varían todavía más: 50€, 75€ y
90€.
Estos servicios son rotativos
entre los trabajadores del proyecto y se rota cada semana. Por tanto, cada
trabajador realiza este servicio durante una semana, una semana que por el
mismo servicio de 24/7, unos cobran solo 225€ mientras que otros cobran 380€,
resultando una diferencia total de más de 150€.
Es evidente la enorme desigualdad
de trato que la empresa dispensa a los trabajadores, manteniéndonos divididos y
enfrentados entre nosotros, con cláusulas abusivas y aplicando criterios poco
claros en diferentes condiciones de trabajo. Es por esto que desde CSC
insistimos una vez más en la necesidad de un marco regulatorio propio que
solucione todas esas disparidades, un Convenio de Empresa que nos
permita regular nuestras condiciones de trabajo de una forma más justa e
igualitaria dentro de la empresa, teniendo siempre una visión más amplia, es
decir, de clase, porque todos somos trabajadores, porque estamos siendo
explotados por la patronal.
¡No os dejéis
pisotear y alzad la voz! Todos somos trabajadores, todos pertenecemos a la
misma clase
Organízate en CSC
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