martes, 13 de marzo de 2018

Horario del proyecto BCA: cronología

Hasta finales de febrero de este año, el horario del proyecto BCA era de 8 horas al día (40 horas semanales) durante todo el año, incluídos viernes y verano. Este horario, una vez más por exigencias del cliente, se había impuesto en este proyecto de forma unilateral por parte de la dirección del centro, incumpliendo de esa forma el artículo 20.3 del XVI Convenio Colectivo Estatal de empresas consultoras de planificación, organización de empresas y contable, empresas de servicios de informática y de estudios de mercado y de la opinión pública.

Ante este incumplimiento, en el verano de 2015 desde CSC presentamos denuncia ante la Inspección de Trabajo (IT), cuya respuesta fue que no se consideraba que se hubiera incumplido el citado artículo del convenio, puesto que no había habido ningún cambio horario sino que el horario había sido el mismo desde el inicio de la relación laboral de los trabajadores de dicho proyecto, cosa que, por un lado, era falsa, puesto que en ese proyecto hubo desde el primer momento trabajadores que provenían de otros proyectos y tenían, por tanto, el horario estándar del centro y, por otro lado, es un hecho que tampoco justifica esa resolución, puesto que el artículo 20.3 del convenio no especifica en ningún momento que deba haber un cambio en el horario; tan sólo habla de no superar las 36 horas de trabajo semanales durante el periodo de jornada intensiva de verano.

Como desde CSC considerábamos injusta y no fundamentada en derecho dicha resolución y, puesto que en el verano de 2016 se volvió a incumplir dicho artículo del convenio, procedimos a denunciar de nuevo ante IT. En diciembre de ese año, obtuvimos una resolución favorable que consideraba una infracción grave la situación denunciada y que sancionaba a la empresa por este motivo. Pero a pesar de esto, una sanción de estas características no supone para una empresa de la dimensión de everis ningún impedimento y puede afrontarla para seguir incumpliendo la ley sin problemas, motivo por el cual en verano de 2017 se volvió a reincidir en este incumplimiento.

Desde CSC de nuevo denunciamos ante la IT dicha situación, motivo por el que, entre otros, dicho organismo citó el 25 de julio de 2017 a la dirección de la empresa y a representantes de los trabajadores. En dicho encuentro, el inspector de trabajo cuestionó el motivo de presentar una denuncia en 2017 de algo que ya había sancionado en 2016, ante lo que desde CSC alegamos que lo que se estaba produciendo era una reincidencia en la misma infracción, puesto que se incumplía el horario durante la jornada intensiva de verano y a pesar de la sanción de 2016, la empresa no había corregido esta situación. La negativa verbal del inspector a seguir denunciando esta infracción abría la posibilidad para la empresa de pagar una pequeña sanción para después incumplir reiteradamente la ley de forma indefinida.

No obstante, a finales de enero de este año, la IT emitía una resolución sobre este asunto. En dicha resolución se admitía el incumplimiento del citado artículo del convenio, pero puesto que la IT es un organismo al servicio de las empresas, se mencionaba que la infracción abierta en diciembre de 2016 no había adquirido aún firmeza (más de un año después de la sanción), por lo que se debía "esperar al resultado al menos en la fase administrativa", una triquiñuela legal para dar tiempo a la empresa a regularizar la situación. Y curiosamente, el 13 de febrero de este año, la empresa citaba al comité de empresa para comunicar la intención de modificar el horario del proyecto BCA y volver al horario del centro. El 20 de febrero se aprobó en el comité de empresa esa modificación y desde principios de marzo dicho horario se está aplicando en el proyecto.

Que los hechos se hayan producido en ese orden y en esas fechas no implica necesariamente que unos sean consecuencias de otros; la empresa puede alegar que la vuelta al horario del centro del proyecto BCA no está relacionada con las denuncias presentadas por la sección sindical de CSC. Es posible que sea una gran casualidad que a finales de enero de 2018 recibiéramos la última resolución de IT, que a mediados de febrero se comunicara al comité de empresa la intención de modificar el horario y desde principios de marzo se esté aplicando el horario del centro en este proyecto. Desde CSC estamos convencidos de que, a pesar de los grandes impedimentos que nos encontramos cada día para desarrollar nuestra labor como representantes de los trabajadores (tanto por parte de la empresa como desde dentro del propio comité así como de los organismos del Estado al servicio de la patronal), nuestro trabajo tiene sus frutos. Pero para seguir avanzando necesitamos el apoyo de los trabajadores del centro. Por eso, para fortalecer el sindicalismo de clase y defender los derechos de los trabajadores, ponte en contacto con nosotros para organizarte en la Coordinadora Sindical de Clase. Todos podemos sumar.

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