Según el convenio colectivo por el que se rige nuestro sector y al que está adscrito Everis, la jornada máxima anual es de 1800 horas. Eso significa que no se pueden trabajar más de esas horas al año como parte de la jornada ordinaria. Sí se pueden trabajar menos, no es que haya que llegar a esas 1800, ese es el máximo, pero se podrían trabajar 1600 horas anuales y sería completamente legal. Como norma, la jornada laboral en Everis es de 43 horas semanales, lo que significa que al final de año, se superarían las 1800 horas anuales. Por lo tanto, Everis se ve obligado por la ley, a compensar esas horas de más para no sobrepasar el límite.
Es precisamente por esta circunstancia, que este año, se han reducido los compensados. Se da la casualidad de que ningún festivo de este año cae en sábado, eso significa que hay menos días laborables que otros años, y Everis ya no se ve obligado a compensar los mismos días, pudiendo recortarlos para ajustar al máximo las horas que trabajamos. Podría haber mantenido los mismos compensados que otros años, lo que hubiera supuesto 18 horas menos trabajadas por persona, pero en vez de eso, ha preferido quitarnos esos días compensados y explotar al máximo nuestro trabajo, ajustándose al límite que le permite la ley.
No nos equivoquemos; cualquier mejora en nuestras condiciones de trabajo no vendrá de la "generosa" mano de la empresa, no nos van a conceder nada por lo que no luchemos. Así ha sido en el pasado, donde los trabajadores tuvieron que pelear para tener vacaciones, descansos semanales, jornadas reducidas, derecho a huelga, etc. Nunca una empresa va a regalar derechos a los trabajadores. Solo unidos podemos luchar por conseguirlos.
0 comentarios:
Publicar un comentario